CTS, gratificaciones, vacaciones e indemnización según legislación peruana 2025.
Remuneración mínima vital (RMV) 2026: S/. 1,025/mes
La indemnización por despido arbitrario equivale a 1.5 remuneraciones/año
Al terminar una relación laboral en Perú, el trabajador tiene derecho a recibir una serie de pagos establecidos por la ley. Conocer exactamente cuánto te corresponde es fundamental para proteger tus derechos laborales y negociar desde una posición informada.
Nuestra calculadora usa los parámetros legales vigentes según LPCL — Decreto Supremo 003-97-TR. El resultado es una estimación orientativa — los montos exactos pueden variar según tu contrato, convenio colectivo y circunstancias específicas.
Remuneración Mínima Vital 2025: S/ 1,025/mes
En Perú existen distintos regímenes laborales. El Régimen General aplica a empresas con más de 100 trabajadores y otorga todos los beneficios completos. El Régimen MYPE aplica a pequeñas y microempresas con beneficios reducidos. Es fundamental saber bajo qué régimen fuiste contratado.
La CTS es el principal mecanismo de protección ante el desempleo en Perú. El empleador deposita semestralmente en mayo y noviembre el equivalente a un sueldo mensual dividido entre doce por cada mes trabajado, más un sexto de la gratificación. El trabajador puede disponer del 50% durante la vigencia del contrato.
Los trabajadores del régimen general tienen derecho a dos gratificaciones al año: una en julio (Fiestas Patrias) y otra en diciembre (Navidad), cada una equivalente a una remuneración mensual completa. Si terminas antes de julio o diciembre, recibes la parte proporcional.
Empresas con más de 20 trabajadores deben distribuir entre el 5% y el 10% de sus utilidades anuales según el sector económico. Si fuiste despedido antes del cierre del ejercicio, puedes tener derecho a la participación proporcional. El plazo para el pago es hasta el 30 de abril del año siguiente.
Si tu empleador no te pagó correctamente, puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL de forma gratuita. La institución tiene facultades para fiscalizar, multar y obligar al empleador a pagar los beneficios adeudados. Teléfono gratuito: 0800 16 872.