El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores. Mínimo 15 días de salario que debe pagarse antes del 20 de diciembre cada año (Art. 87 LFT).
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Tu contrato puede ofrecer más días
Si trabajaste todo el año: 365 días
El aguinaldo es un pago anual obligatorio equivalente a mínimo 15 días de salario, establecido por el Art. 87 de la LFT. Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. Si el empleador ofrece más días por contrato o convenio colectivo, se respeta ese mayor beneficio.
| Situación | Aguinaldo | Fórmula |
|---|---|---|
| Año completo trabajado | 15+ días de salario | Salario diario × 15 |
| Año parcial (ingresaste en el año) | Proporcional | Salario diario × 15 × (días/365) |
| Año parcial (te van a liquidar) | Proporcional | Salario diario × días_aguinaldo × (días/365) |
| Empresa da más días | Lo que diga el contrato | Salario diario × días_pactados |
Sí, pero con exención parcial. El SAT exenta del ISR la parte del aguinaldo que no exceda el equivalente a 30 días del salario mínimo (aproximadamente $8,340 MXN en 2026). Lo que exceda ese límite se suma a los ingresos del mes y paga ISR según la tabla correspondiente.
El aguinaldo es un derecho irrenunciable. Si el empleador no lo paga antes del 20 de diciembre, puedes presentar una queja ante la PROFEDET (800 911 7877) o el CFCRL. El empleador puede enfrentar multas y deberá pagar el aguinaldo más intereses.
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