La Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) certifica cada mes la tasa de usura, que es el límite máximo que cualquier entidad puede cobrar por un crédito de consumo o microcrédito. Cobrar por encima constituye el delito de usura. Para el primer trimestre de 2026, la tasa de usura para créditos de consumo y ordinarios se sitúa alrededor del 28–31% efectivo anual (EA).
| Modalidad | Tasa promedio EA | Observación |
|---|---|---|
| Crédito de consumo | 18%–28% | Libre destinación |
| Crédito de libranza | 14%–22% | Descuento de nómina |
| Crédito hipotecario (UVR) | UVR + 6%–9% | Ligado a inflación |
| Crédito hipotecario (tasa fija) | 12%–16% EA | Cuota constante |
| Microcrédito | Hasta 56% EA | Tasa de usura especial |
| Tarjeta de crédito | 24%–30% EA | Varía por banco y cupo |
En Colombia los bancos expresan las tasas en Efectivo Anual (EA), que ya incorpora el efecto de la capitalización mensual. Esto es más transparente que la tasa nominal mensual (NMV), pero al comparar con entidades del exterior, recuerda que una tasa del 20% EA equivale aproximadamente a una tasa nominal mensual del 1.53%.
El crédito de libranza le permite al empleador descontar directamente las cuotas del salario antes del pago al empleado. La entidad financiera asume menos riesgo y traslada ese ahorro en menores tasas. Es especialmente conveniente para empleados públicos, cuya estabilidad laboral reduce aún más la tasa.
La Superfinanciera publica semanalmente las tasas promedio por modalidad en su sitio oficial (superfinanciera.gov.co). También puedes comparar tasas con el simulador del Banco de la República. Antes de aceptar un crédito, exige la hoja de términos y condiciones con el detalle del sistema de amortización utilizado.
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