La prima de servicios equivale a 15 días de salario en junio y 15 días en diciembre (Art. 306 CST). Total: 1 salario completo al año.
SMMLV 2026: $1,423,500 COP
La prima de servicios es una prestación social obligatoria establecida en el Art. 306 del CST. Equivale a 30 días de salario al año, pagados en dos cuotas iguales de 15 días cada una: la primera en junio y la segunda en diciembre.
A diferencia de las cesantías, la prima de servicios no incluye el auxilio de transporte en su base de cálculo. Se calcula únicamente sobre el salario ordinario.
| Semestre | Período | Fecha límite de pago | Días |
|---|---|---|---|
| Primer semestre | 1 enero – 30 junio | 30 de junio | 15 días |
| Segundo semestre | 1 julio – 31 diciembre | 20 de diciembre | 15 días |
| Proporcional | Al finalizar el contrato | En la liquidación | Proporcional |
Sí, aplica a todos los trabajadores con contrato de trabajo, independientemente del tipo de contrato (término fijo, indefinido, obra o labor). No aplica a contratistas independientes ni a quienes prestan servicios bajo contrato de prestación de servicios.
Tienes derecho a la prima proporcional a los días trabajados en el semestre. Si te van en abril, te deben prima por enero, febrero, marzo y abril (4 meses). Esta prima proporcional se incluye en tu liquidación.
La calculadora principal suma cesantías, prima, vacaciones e indemnización en un solo resultado.
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