El feriado proporcional es la compensación en dinero de los días de vacaciones no disfrutados al terminar el contrato. Son 15 días hábiles por año, proporcionales al tiempo trabajado (Art. 67–68 CT).
Si ya tomaste días de vacaciones en el período actual, descuéntalos aquí
En Chile, el feriado anual (vacaciones) es de 15 días hábiles por cada año de servicio (Art. 67 CT). Cuando el contrato termina antes de completar el año, el trabajador tiene derecho al feriado proporcional: la fracción de los 15 días que corresponde al tiempo efectivamente trabajado en el período.
Este derecho aplica sin importar la causal de término (renuncia, despido, mutuo acuerdo, etc.). Siempre corresponde el feriado proporcional.
| Tiempo trabajado en el período | Días hábiles de feriado | Ejemplo $900,000 |
|---|---|---|
| 3 meses (90 días) | 3.75 días | $112,500 |
| 6 meses (180 días) | 7.5 días | $225,000 |
| 9 meses (270 días) | 11.25 días | $337,500 |
| 12 meses (año completo) | 15 días | $450,000 |
Sí. En Chile el sábado es día hábil para efectos del feriado (Art. 68 CT), salvo que el trabajador no labore sábados por naturaleza de sus funciones. Sin embargo, para el cálculo del pago en dinero, se usa el salario diario (sueldo ÷ 30) y se multiplica por los días proporcionales, independientemente del número de días hábiles reales.
En la práctica siempre corresponde. La única situación donde no se paga es si el trabajador ya disfrutó el feriado completo del período actual antes del término del contrato. Si tomó parte de las vacaciones, se paga el proporcional restante.
La calculadora principal suma todos los conceptos: feriado, gratificación, indemnización y aviso previo.
Calculadora completa Chile →